Imperio Español, 2 maravedis de Reyes Catolicos (1506- 1566) con resello de Felipe IV de VI maravedis de 1636 y resello de IIII maravedis de 1654.



Resellos: 

En sus primeros años (1621-26), Felipe IV continuó con emisiones de vellón similares a las de su antecesor. 

Durante la primera época del reinado (hasta 1636), las medidas fueron encaminadas a remediar la política de su antecesor y reducir la enorme cantidad de vellón circulante, por tanto en 1626 se decreta la recogida de la calderilla (moneda de vellon acuñada con anterioridad a 1597), para fundirla y sustituirla por moneda ordinaria. En 1628 se decreta que la moneda volviese al valor que tenía con anterioridad al decreto junio de 1602, con lo que el valor del vellón acuñado o resellado con posterioridad a dicha fecha debía bajar a la mitad. 

Este intento no fue duradero, y en 1636 volvieron a comenzar las manipulaciones, decretándose para las piezas ya reselladas por Felipe III un aumento de valor al triple de lo decretado en 1628. 

Así, sobre las piezas originalmente de 2 maravedís y reselladas con IIII por Felipe III, se estampó el resello VI, y sobre las piezas originalmente de 4 maravedís, reselladas con VIII por Felipe III, se estampó el resello XII. Todos los resellos de esta primera serie de Felipe IV llevan marcada la fecha 1636 en el reverso.

En 1641 se ordenó resellar todas las piezas de vellón de 4 maravedís, acuñadas por Felipe III y IV, con valor 8. El 12 de septiembre de 1642 se redujo nuevamente el valor, ordenándose que las piezas reselladas con XII valiesen dos maravedís y las reselladas con VI valiesen uno.

El 11 de noviembre de 1651 se ordenó resellar toda moneda acuñada con posterioridad a 1597, para darle el valor que tenía con anterioridad al decreto del 12 de septiembre de 1642. Los resellos empleados llevan numeración arábiga 4 y 8.

1652 se anuló la disposición anterior, reduciendo a la cuarta parte de lo que figura en el resello. La calderilla mantenía el valor dictado en 1643 (8 y 4).

La calderilla se recogió a finales de 1652, poniéndose de nuevo en circulación a lo largo de 1654, estampándole resellos con los mismos valores de IIII y VIII

Imperio Español, 2 maravedis de Reyes Catolicos (1506- 1566)

$24.200,00

Ver formas de pago

Calculá el costo de envío

Imperio Español, 2 maravedis de Reyes Catolicos (1506- 1566) con resello de Felipe IV de VI maravedis de 1636 y resello de IIII maravedis de 1654.



Resellos: 

En sus primeros años (1621-26), Felipe IV continuó con emisiones de vellón similares a las de su antecesor. 

Durante la primera época del reinado (hasta 1636), las medidas fueron encaminadas a remediar la política de su antecesor y reducir la enorme cantidad de vellón circulante, por tanto en 1626 se decreta la recogida de la calderilla (moneda de vellon acuñada con anterioridad a 1597), para fundirla y sustituirla por moneda ordinaria. En 1628 se decreta que la moneda volviese al valor que tenía con anterioridad al decreto junio de 1602, con lo que el valor del vellón acuñado o resellado con posterioridad a dicha fecha debía bajar a la mitad. 

Este intento no fue duradero, y en 1636 volvieron a comenzar las manipulaciones, decretándose para las piezas ya reselladas por Felipe III un aumento de valor al triple de lo decretado en 1628. 

Así, sobre las piezas originalmente de 2 maravedís y reselladas con IIII por Felipe III, se estampó el resello VI, y sobre las piezas originalmente de 4 maravedís, reselladas con VIII por Felipe III, se estampó el resello XII. Todos los resellos de esta primera serie de Felipe IV llevan marcada la fecha 1636 en el reverso.

En 1641 se ordenó resellar todas las piezas de vellón de 4 maravedís, acuñadas por Felipe III y IV, con valor 8. El 12 de septiembre de 1642 se redujo nuevamente el valor, ordenándose que las piezas reselladas con XII valiesen dos maravedís y las reselladas con VI valiesen uno.

El 11 de noviembre de 1651 se ordenó resellar toda moneda acuñada con posterioridad a 1597, para darle el valor que tenía con anterioridad al decreto del 12 de septiembre de 1642. Los resellos empleados llevan numeración arábiga 4 y 8.

1652 se anuló la disposición anterior, reduciendo a la cuarta parte de lo que figura en el resello. La calderilla mantenía el valor dictado en 1643 (8 y 4).

La calderilla se recogió a finales de 1652, poniéndose de nuevo en circulación a lo largo de 1654, estampándole resellos con los mismos valores de IIII y VIII

Mi carrito